🛍️ Vuelve al Corazón de Petrer: Convocatoria 2025: Ayudas para la reforma, equipamiento o alquiler de locales comerciales y de hostelería en el centro histórico y calles adyacentes.

Bases 2026 (hasta el 30 de septiembre de 2026)

El Ayuntamiento de Petrer convoca una nueva línea de ayudas para fomentar la actividad económica en el Casco Antiguo y sus calles adyacentes, apoyando el acondicionamiento de locales, la adquisición de equipamiento y el alquiler de espacios destinados a usos terciarios.

Esta convocatoria funciona mediante un sistema de convocatoria abierta y permanente, donde las ayudas se otorgan por estricto orden de presentación de la solicitud con la documentación completa hasta agotar el presupuesto.

💼 ¿A quién van dirigidas? Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas (autónomos/as) y personas jurídicas (microempresas o pymes con un máximo de 10 trabajadores/as).

  • Nota importante: Quedan expresamente excluidas las comunidades de bienes y agrupaciones sin personalidad jurídica.

📍 Ámbito territorial: La actividad debe desarrollarse en un local comercial situado en:

  • El Casco Histórico (zona Núcleo Histórico Tradicional N.H.).

  • Las calles adyacentes del primer ensanche: Gabriel Payá, País Valencià, Leopoldo Pardines, Miguel Amat, Cánovas del Castillo y Plaza del Derrocat.

🛠️ Líneas de ayuda (Compatibles entre sí)

  1. Acondicionamiento de locales y/o adquisición de equipamiento (Línea 1)

    • Subvenciona obras de reforma interior, conservación, reparación o adecuación de la fachada (quedan excluidas demoliciones o ampliaciones).

    • También incluye la compra de maquinaria, mobiliario, cartelería y utensilios básicos del negocio.

    • Cuantía: Cubre el 35% del gasto subvencionable (gastos sin IVA).

    • Límite máximo: 10.000 € por solicitud, con un tope máximo de 5.000 € para el apartado de equipamiento.

    • Fechas: Obras con licencia y compras de equipamiento con facturas emitidas a partir del 1 de octubre de 2025.

  2. Alquiler de locales (Línea 2)

    • Subvenciona la renta mensual del local donde figure el beneficiario como arrendatario.

    • Cuantía: Cubre el 75% de la renta mensual (gasto sin IVA).

    • Límite máximo: 5.000 € por solicitud, cubriendo un máximo de 12 meses consecutivos desde la obtención de la licencia de apertura.

    • Fechas: Rentas de alquiler devengadas a partir de octubre de 2025.

    • Nota importante: Quedan excluidos los alquileres o traspasos entre familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad.

💡 Ambas líneas son compatibles para un mismo local y actividad, con un límite máximo conjunto de 15.000 € en ayudas. Tras recibir esta ayuda, no se podrán solicitar nuevas subvenciones para el mismo fin en un plazo de 5 años.

🧾 Actividades e Implantes Subvencionables Solo se admiten negocios con apertura, autorización de funcionamiento o cambios de titularidad formalizados a partir del 1 de octubre de 2025 en los siguientes usos:

  • Pequeño comercio minorista.

  • Hostelería y restauración (bares, cafeterías, restaurantes, salones de banquetes).

  • Gimnasios.

  • Clínicas, hospitales y centros médicos.

  • Centros de enseñanza (educación escolar, superior, museos, academias o salas polivalentes).

  • Quedan expresamente excluidas las actividades de carácter industrial.

📅 Plazo de solicitud

  • Plazo: Abierto hasta el 30 de septiembre de 2026 (inclusive).

📂 Documentación básica a presentar

  • Modelo de solicitud oficial (Anexo 2) junto con el compromiso de obligaciones.

  • Proyecto técnico o memoria detallada de las obras con presupuesto desglosado (en formato editable como Excel o BC3).

  • Facturas proforma o presupuestos de los proveedores y contratistas.

  • Escritura de propiedad o contrato de alquiler del local (con autorización del propietario si se van a hacer obras).

  • DNI/CIF del solicitante y escrituras de constitución en caso de empresas.

  • Certificado de Alta y Mantenimiento de Terceros (Anexo 3) para la cuenta bancaria.

  • Reportaje fotográfico del estado actual del local.

  • Certificados oficiales de estar al corriente con la AEAT, Seguridad Social y el Ayuntamiento de Petrer.

📤 Presentación de solicitudes

  • Telemática: En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Petrer: https://sede.petrer.es.

  • Presencial: En el Registro Municipal (Plaça de Baix, 1).

💶 Forma de Pago y Justificación

  • Pago Anticipado del 40%: Una vez concedida la ayuda, el Ayuntamiento abonará de forma anticipada el 40% del importe total de la subvención sin exigir avales o garantías.

  • Abono del 60% restante: Se efectuará tras la finalización de las obras o del periodo de alquiler subvencionado, aportando las facturas definitivas con sus correspondientes extractos bancarios de pago (no se admite dinero en efectivo), licencias de apertura y fotos del local.

  • Obligación del cartel: Todos los beneficiarios deberán colocar un cartel publicitario sobre la ayuda facilitado por el Ayuntamiento en un lugar visible del establecimiento. El negocio deberá permanecer abierto de forma habitual durante un mínimo de 24 meses.

Bases y Anexos

Bases 2025 (plazo cerrado)

Bases 2024 (plazo cerrado)