El poseedor de un animal de compañía está obligado a inscribirlo en el Censo Municipal de animales de compañía dentro del plazo máximo de tres meses desde su nacimiento o de un mes desde su adquisición.

Para la inscripción, los propietarios deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento o en la Concejalía de Salud, el modelo normalizado de solicitud, adjuntando la siguiente documentación:

– fotocopia del NIF del titular (propietario/tenedor)

– fotocopia de la cartilla sanitaria del animal, actualizada

– fotocopia de la tarjeta identificativa del animal (RIVIA)

Los propietarios también están obligados a notificar dentro del plazo de un mes, la cesión o venta del animal, así como su desaparición o muerte, con el fin de tramitar su baja en el censo municipal.